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Preocupación por las Bibliotecas Públicas en Castilla La Mancha

Nos ha llegado un mensaje a través de una lista de correo profesional que habla de la preocupación por el futuro de las bibliotecas públicas en la comunidad de Castilla La Mancha.

No nos resistimos a reproducirlo aquí, sobre todo porque también nos preocupa muy mucho el futuro del servicio de las bibliotecas públicas en Andalucía.

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Bajo el título de Ley de medidas complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, ha sido aprobado en las Cortes de Castilla-La Mancha, un paquete de disposiciones que nos anticipa lo que nos espera al resto del país.

Entre las medidas adoptadas, están las que se refieren a las bibliotecas.
Como es sobradamente conocido, la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha es un conjunto de centros y servicios que garantiza el derecho de todos los castellanos-manchegos al acceso a la cultura y la información sin tener en cuenta su lugar de residencia. Durante años, se ha ido consolidando una red  bibliotecas que atiende a  859 municipios  a través de los 562 puntos de servicios fijos y móviles. En 2010 ha recibido  6.997.230 visitas y ha realizado un total de 20.378 actividades culturales en las que participaron 928.830 asistentes. Si se comparan estas cifras con el número de habitantes, 2.095.855,  podemos hacernos una idea del impacto de las bibliotecas en la región.

Este sistema no podía seguir dependiendo del criterio de los presupuestos anuales de los sucesivos gobiernos y era necesario articular un programa de convenios que garantizara su continuidad.  Precisamente, por este motivo, se aprobó la Ley 3/2011, de la Lectura y de las Bibliotecas de Castilla-La Mancha que confirmaba la existencia de servicios bibliotecarios  en todos los municipios de la región y el compromiso de todas administraciones públicas en  la financiación de las mismas. Y, justo, este  aspecto ha sido modificado.

El apartado 2 del artículo 31 que trata de la financiación de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha en la  Ley 3/2011 dice en su texto original:

2. El conjunto de las Administraciones Públicas deberán financiar de forma proporcional, la adecuada prestación de los servicios bibliotecarios en función de las correspondientes competencias establecidas por la legislación vigente.

Que se ha transformado en el articulo 26 de la nueva Ley:

2. El conjunto de las administraciones públicas deberán financiar de forma proporcional, con cargo a los créditos consignados en sus presupuestos y, en su caso, con el límite señalado en la Ley de Presupuestos, la adecuada prestación de los servicios bibliotecarios en función de las correspondientes competencias establecidas por la legislación vigente”.

El deber, la obligación ha quedado a merced de los presupuestos y de quienes los elaboran.

Lo grave es que también se pone en cuestión al actual sistema de ayudas,  la Ley 3/2011 mantenía el sistema de financiación de bibliotecas municipales en la Disposición transitoria única.

2. La Consejería competente en materia de bibliotecas mantendrá transitoriamente el actual sistema de financiación a través de programas de ayuda a los municipios hasta la integración de las bibliotecas públicas municipales en la Red de Bibliotecas de Castilla-La Mancha y la celebración de los convenios de financiación a que se refiere el artículo 31.4 de esta Ley.

Que ha sido modificado con la siguiente redacción:

 2. La Consejería competente en materia de bibliotecas procurará mantener transitoriamente, en función de la disponibilidad presupuestaria en cada ejercicio, el actual sistema de financiación a través de programas de ayuda a los municipios hasta la integración de las bibliotecas públicas municipales en la Red de Bibliotecas de Castilla-La Mancha y la celebración de los convenios de financiación a que se refiere el artículo 31.4 de esta ley”.

En el primer párrafo de la EXPOSICIÓN DE MOTIVOS de  la ley  argumentan  que “la complicada situación por la que atravesamos obliga a renunciar a todo lo que no es estrictamente necesario”

Ha quedado claro lo que no es necesario

Jose Manuel Lorenzo Jiménez

Ley 1/2012 de Castilla la Mancha de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales

 

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